Ayudas y subvenciones para tu instalación fotovoltáica y de cargador de vehículo eléctrico.

Desde SOLWATIA se informa, asesora y apoya a nuestros clientes, para la consecución de las mejores condiciones de financiación y obtención de ayudas para la adquisición y puesta en funcionamiento de nuestras instalaciones.
Los programas de ayudas aprobados por el RD 477/2021 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Programas de incentivos 1 y 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios o en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. (Para empresas, comunidades energéticas, empresas de servicios energéticos, etc.)
Actuaciones | Coste unitario de la instalación de referencia (Cuf)(€/kW) | Coste subvencionable unitario máximo(€/kW) | %ayuda gran empresa Ayuda(aplicable sobre coste subvencionable) | %ayuda mediana empresa Ayuda(aplicable sobre coste subvencionable) | %ayuda pequeña empresa Ayuda(aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 120 | 460 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica
autoconsumo Potencia(100
kWp < P≤1.000 kWp). | – | 749 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica
autoconsumo(10 kWp < Ps
100 kWp). | – | 910 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica
autoconsumo(P < 10kWp). | – | 1.188 | 15 % | 25 % | 45 % |
Los costes subvencionables unitarios máximos aplicables de forma adicional a los presentados en la tabla anterior son los siguientes:
Actuaciones | Coste subvencionable adicional unitario máximo (€/kW) |
---|---|
Eliminación del amianto en cubiertas para proyectos de solar
fotovoltaica. | P<=100 kWp:660€/kWp 100 kWp < P<=1.000 kWp: 450€ / kWp 1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp: 210€ / kWp |
Instalación de marquesinas para proyectosesolar fotovoltaica. | 500€ / kWp |
El coste subvencionable unitario máximo de las instalaciones de almacenamiento, en su caso, e intensidades de ayuda a aplicar en cada uno de los programas son los siguientes
Actuaciones | Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento(€/kWh) | %Ayuda gran empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | %Ayuda mediana empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda pequeña empresa (aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|
Incorporación de almacenamiento al
proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo (5.000 kWh < P). | 200 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al
proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 350 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al
proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo (10 kWh < P
≤ 100 kWh). | 500 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al
proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo (P ≤ 10 kWh) | 700 | 45 % | 55 % | 65 % |
Todas las instalaciones tipo de los programas de incentivos 1 y 2, podrán aumentar su porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable en 5 puntos porcentuales cuando se sitúen en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes.
Programas de incentivos 3 Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. (Para empresas, comunidades energéticas, empresas de servicios energéticos, etc.)
Actuaciones | Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento(€/kWh) | %Ayuda gran empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | %Ayuda mediana empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda pequeña empresa (aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para
autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos
(5.000 kWh < P). | 200 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para
autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos
(100 kWh < P ≤ 5.000 kwh). | 350 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para
autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos
(10kWh < P ≤ 100kWh). | 500 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para
autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos
(P ≤ 10kWh). | 700 | 45 % | 55 % | 65 % |
Programas de incentivos 4 Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. (Para particulares, entidades locales y sector público institucional).
Sector residencial
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWp)] | Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [Ayuda (€/kWp)] |
---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 300 | 355 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 350 | 420 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 450 | 535 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 600 | 710 |
Administraciones públicas y tercer sector
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWp)] | Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [Ayuda (€/kWp)] |
---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 500 | 555 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 650 | 720 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 750 | 835 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 1.000 | 1.110 |
La ayuda a aplicar en el caso de incorporar sistemas de almacenamiento (módulo almacenamiento) es la siguiente:
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWp)] |
---|---|
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (5.000 kWh < P). | 140 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
Públicas y el tercer sector (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 245 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 350 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (P ≤ 10 kWh). | 490 |
Las ayudas aplicables sobre actuaciones adicionales, a añadir, en su caso, a los presentados en las tablas anteriores son los siguientes:
Actuaciones | Módulo [Ayuda sobre actuación adicional (según caso)] |
---|---|
Eliminación del amianto en cubiertas para
proyectos de solar fotovoltaica* | P <= 100 kWp: 160 €/kWp 100 kWp < P <= 1.000 kWp: 110 €/kWp 1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp: 50 €/kWp |
Instalación de marquesinas para proyectos
de solar fotovoltaica | 120 €/kWp |
También se establecen ayudas adicionales incluidas en la siguiente tabla cuando las instalaciones se sitúen en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes (ayuda adicional por reto demográfico):
Ayuda adicional por reto demográfico-Autoconsumo con energías renovables | Ayuda adicional por reto demográfico (€/kW) |
---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 30 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 35 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 40 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 55 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las
administraciones públicas y el tercer sector. | 15 |
Programas de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. (Para particulares, entidades locales y sector público institucional).
Ayuda adicional por reto demográfico-Autoconsumo con energías renovables | Módulo almacenamiento [Ayuda (€/kWh)] |
---|---|
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (5.000 kWh < P). | 140 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
Públicas y el tercer sector (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 245 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 350 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía
renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones
públicas y el tercer sector (P ≤ 10 kWh). | 490 |
Desde SOLWATIA se informa, asesora y apoya a nuestros clientes, para la consecución de las mejores condiciones de financiación y obtención de ayudas para la adquisición y puesta en funcionamiento de nuestras instalaciones. Los programas de ayudas (Plan Moves III) aprobados por el RD 266/2021 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 7. 1.
Serán considerados beneficiarios los sujetos o entidades que se enumeran a continuación, siempre que tengan su residencia fiscal en España:
a) Las personas físicas que desarrollen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que desarrollen dicha actividad en el territorio regional y tengan vecindad igualmente en esta Comunidad, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Las personas físicas que sean mayores de edad, y, las personas menores de edad con discapacidad, que tengan su residencia habitual en la Región de Murcia y no estén incluidas en el apartado anterior.
c) Las comunidades de propietarios radicadas en la Región de Murcia, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3. Sus miembros beneficiarios deberán tener vecindad en la Región de Murcia.
d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, con y sin ánimo de lucro, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, o R. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
e) Las entidades locales de la Región de Murcia, conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas de acuerdo al artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que realicen su actividad en la Región de Murcia, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidas en el apartado anterior (d).
Programa de incentivos 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos 1.
Serán actuaciones subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa.
Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable las canalizaciones necesarias para disponer de la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico.
2. La infraestructura de recarga podrá estar destinada a los siguientes usos:
a) Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
b) Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
c) Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
d) Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
e) Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
f) Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.
Beneficiarios | Localización general | Localización en municipios < 5.000 habitantes |
---|---|---|
Beneficiarios incluidos en apartados a), b), c) y e) sin actividad económica del artículo 7.1 | 70 % | 80 % |
Beneficiarios incluidos en apartado d) artículo 7.1 y e) con actividad económica e infraestructura de recarga de acceso público y potencia ≥ 50 kW | 35 % (45 % Mediana empresa) (55 % Pequeña empresa) | 40 % (50 % Mediana empresa) (60 % Pequeña empresa) |
Beneficiarios incluidos en apartado d) artículo 7.1 y e) con actividad económica e infraestructura de recarga de acceso público y potencia < 50 kW | 30 % | 40 % |